Vendo y Alquilo Inmuebles 58 04123605721

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sábado, 23 de noviembre de 2013

Blog BBVA Provincial: Dos formas de ganar dinero sin ser empleado

Blog BBVA Provincial: Dos formas de ganar dinero sin ser empleado: ç

Si está cansado de ser un asalariado más y quiere tener ingresos de otra

fuente que no sea una empresa,

viernes, 22 de noviembre de 2013

¡GRACIAS POR SU DONATIVOS!







Querida amiga y querido amigo,




Gracias a la generosidad de más de 100.000 lectores nos ha seguido desde 2007.




Gracias a ustedes INVERSIONES, ha podido ofrecer sus servicios informativos durante más de  siete (7)  años. Gracias.




Como todos los años, llega el momento de comenzar la campaña de donativos.


Cuando apelamos a la participación activa de todos los lectores en la última campaña, que empezó a finales de Noviembre del año pasado, ¡la respuesta de los lectores no se hizo esperar! Y aquí estamos.


Para continuar con nuestro trabajo y nuestra misión, lanzamos nuestra nueva campaña anual de donativos, que nos acompañará durante la primera parte del 2014, con la finalidad de conseguir los fondos para poder continuar todo el próximo año.




Después de más de tres (3)  años, el equipo de INVERSIONES continúa con entusiasmo su misión al servicio del Papa y de la Iglesia. Y este es el mejor regalo que tenemos el privilegio de compartir con nuestros lectores, repartidos por todo el mundo.




Como usted ya sabe, INVERSIONES se sostiene con donativos.




Vivir de donativos, y no de suscripciones pagadas, es también una manera concreta de aplicar la comunión de bienes. Gracias a los dones de quienes pueden ofrecer una ayuda material, damos la posibilidad, a todos aquellos que tienen dificultades económicas, de beneficiarse de nuestro servicio, como nos lo atestiguan numerosos misioneros.




INVERSIONES pertenece a sus lectores. El presente y el futuro de INVERSIONES están en sus manos.




Confiamos en la Providencia, a través de la generosidad de cada uno de los amigos, AMIGAS y lectores. Confiamos en que continúe poniéndonos a disposición los recursos, para terminar este ejercicio y seguir con nuestro trabajo el próximo año.












Si
desean apoyar este blog me pueden enviar las donaciones a las siguientes


 cuentas financieras, muchas gracias,






 Colabora EN #BOLÍVARES O #DIVISAS


Nuestro trabajo y apoya los que más necesiten,


Crear entre todos unos mundos mejor.





VENEZUELA


Banesco


0134-0310-47-3103016737


Milagros Fernández


Mercantil


0105-0039-79-1039341098





Que dios te bendiga y se multiplique su dinero x 5000


Por ciento. Amen














¿PODEMOS HACER MILAGROS?




Las
lecturas de este domingo III de adviento – 1


5 de diciembre de 2013, nos habla
de milagros.





 La lectura de Isaías los anuncia en futuro:




“Se despegaran los ojos del ciego, los oídos
del sordo se abrirán,


 Saltara
como un ciervo el cojo,


La lengua del mudo cantara, pena y aflicción
se alejarán”


Is (61,1)


“El Espíritu del Señor esta sobre ti. Me ha
enviado


Para anunciar la buena nueva a los pobres.”.


Aleluya





Damos gracias a
dios
,
porque lo que anuncia de Dios el Salmo 146, lo vemos realizado por Jesucristo.


¡Aleluya!


Canta alma mía, elogios al señor,


Alabare al señor toda mi vida,


Salmodiare a mi dios, mientras exista.


“Hace justicia a los oprimidos, da pan a los
hambrientos, libera a los cautivos, abre los ojos a los ciego, endereza a los
que ya se doblan, ama a los justos, guarda a los peregrinos, sustenta al
huérfano-huérfana y a la viuda-viudo, trastorna el camino de los malvados”.


Y nos
acordamos de las palabras de Jesús en el discurso de la cena (juan14, 12):


“Les aseguro que quien cree en mi hará las
obras que yo hago,


 E
incluso otras mayores, porque yo voy al padre”





O sea, que debemos hacer milagros. Mejor dicho, que Jesús nos garantiza su fuerza para hacerlos. En la
Biblia, milagro no es al extraordinario. Sino algo tan extraordinariamente bueno que
nos revela cómo es Dios.





En américa latina hay 49.000.000 de personas que tiene una
ingesta de alimentos inferior al mínimo necesario.  Son el 8,3% de la población (
40.670.000).  En Venezuela son el 6.4% (3.136.000).


¿Qué
podemos hacer con la ayuda de Dios?  No
pretendamos hacerlo en un momento. La lectura de Santiago (5, 7-10) nos anima a
la paciencia.





“Hermanos: sean pacientes hasta la venida del
señor. Vean como el labrador, con la esperanza de los frutos preciosos de la
tierra, aguarda pacientemente las lluvias tempraneras y las tardías. Aguardan
también ustedes con paciencia y mantengan firme el ánimo, porque la venida del
Señor está cerca”.


Paciencia
que no es esperar sin hacer nada. Sino no cansarnos de repetir nuestros
esfuerzos hasta lograr el éxito.





¿Tendremos
esa paciencia?





Si, con
amor, unión, paz, pasión  y la constancia
llegaremos a nuestro éxito y bendiciones:


Fomentar, promover y educar


a 49 millones de personas, tengo mucha fe,


 Si
ustedes nos ayuda con su


 Generosa,
desprendida y esplendida







Dirigimos nuestra gratitud más profunda a cuantos nos apoyan: quienes rezan por INVERSIONES, quienes promueven INVERSIONES entre sus familiares y amigos y quienes contribuyen a su sostenimiento económico.


Todos estamos involucrados en la Nueva Evangelización.


Le aseguramos que seguiremos haciendo todo lo posible por mantener y mejorar la calidad que cada uno de ustedes espera de INVERSIONES.












INVERSIONES














MI 


PASIÓN


ES LLEVAR


LA PALABRA


DE 


DIOS


CON LOS


MEDIOS DE


COMUNICACIONES





































































San Clemente de Alejandría (150-c. 215), teólogo 


Sermón “¿Se puede salvar el rico?”, § 31







“Haced amigos”





    "El que dé a beber a uno de mis discípulos, aunque no sea más que un vaso de agua fresca, no perderá su recompensa" (Mt 10,42)... Este es el salario que no perderá ni un solo día su valor: "Haced amigos con dinero injusto, a fin de que en el último día, os reciban en las moradas eternas".



    Las riquezas de las que disponemos no deben servir sólo para nosotros; con bienes injustos podemos hacer una obra justa y saludable, y aliviar a uno de los que el Padre ha destinado a sus moradas eternas... Qué admirable es, esta palabra del apóstol Pablo:"Dios ama al que da con alegría" (2Co 9,7), el que da limosna de buena gana, siembra sin contar con una cosecha tan abundante, y comparte sin murmurar, vacilar o retener... Y todavía es más grande, esta palabra que el Señor dice en otro lugar: "A quien te pide, dale; al que se lleve lo tuyo, no se lo reclames" (Lc 6,30)...



    Reflexiona entonces sobre la magnífica recompensa prometida a tu generosidad: las moradas eternas. ¡Qué buen negocio! ¡Qué extraordinario suceso! Compramos la inmortalidad con dinero; ¡cambiamos los bienes caducos de este mundo por una morada eterna en los cielos! Por tanto, vosotros los ricos, que tenéis sabiduría, aplicaos en este negocio... ¿Por qué os dejáis fascinar por diamantes y esmeraldas, por casas que el fuego devora, que el tiempo derrumba, que un terremoto derriba? Aspirad sólo a vivir en los cielos y a reinar con Dios. Un hombre, un pobre, os dará este reino... Por otra parte, el Señor no dijo: "Dad, sed generosos, socorred a vuestros hermanos", sino "haced amigos". La amistad no nace de una sola vez, sino de una larga familiaridad. Ni la fe, ni la caridad, ni la paciencia son obra de un día: "pero el que persevere hasta el fin se salvará" (Mt 10,22).











GUÍA para Empresas, Fabricantes y PYMES: LEY DE ESTAFA INMOBILIARIA


GUÍA para Empresas, Fabricantes y PYMES: LEY DE ESTAFA INMOBILIARIA:

Ley estafa inmobiliaria En la Gaceta Oficial Nº 39.912

la Asamblea Nacional publicó la Ley Contra la Estafa Inmobiliaria.












 Bienes Raíces

En Venezuela, Todos los Caminos conduce a Inmobiliaria Milagros Fernandez MFDINERO

Si desea comprar o vender su apartamento, casa, local comercial, terreno, galpón.
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jueves, 21 de noviembre de 2013

Ley Habilitante - Gaceta Oficial Extraordinaria N 6112



La Ley Habilitante es una herramienta jurídica de rango constitucional que faculta al Ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela a dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley sobre las materias que estime pertinentes de acuerdo a las necesidades y/o emergencia del país.


Es una Ley sancionada por la Asamblea Nacional, en las condiciones establecidas por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, por lo que debe cumplir con los procesos formales  inherentes a la elaboración de una Ley, según reza el artículo 203 de nuestra Carta Magna.     




Art. 203


“Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes de sus integrantes,  a fin de establecer las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República con rango y valor de ley. Las leyes habilitantes deben fijar plazo para su ejercicio”.











Vea el texto completo:


LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Decreta


la siguiente,


LEY QUE AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA DICTAR DECRETOS CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY EN LAS MATERIAS QUE SE DELEGAN


Artículo 1. Se autoriza al Presidente de la República para que, en Consejo de Ministros, dicte Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley, de acuerdo con las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan en esta Ley, de conformidad con el último aparte del artículo 203 y el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, en consecuencia:





1. En el ámbito de la lucha contra la corrupción:


a) Dictar y/o reformar normas e instrumentos destinados a fortalecer los valores esenciales del ejercicio de la función pública, tales como la solidaridad, honestidad, responsabilidad, vocación de trabajo, amor al prójimo, voluntad de superación, lucha por la emancipación y el proceso de liberación nacional, inspirado en la ética y la moral socialista, la disciplina consciente, la conciencia del deber social y la lucha contra la corrupción y el burocratismo; todo ello, en aras de garantizar y proteger los intereses del Estado en sus diferentes niveles de gobierno.


b) Dictar y/o reformar normas destinadas a profundizar y fortalecer los mecanismos de sanción penal, administrativa, civil y disciplinaria para evitar lesiones o el manejo inadecuado del patrimonio público y prevenir hechos de corrupción.


c) Dictar normas contra la legitimación de capitales.


d) Establecer mecanismos estratégicos de lucha contra aquellas potencias extranjeras que pretendan destruir la Patria en lo económico, político y mediático; y dictar normas que sancionen las acciones que atentan contra la seguridad y defensa de la Nación, las instituciones del Estado, los Poderes Públicos y la prestación de los servicios públicos indispensables para el desarrollo y la calidad de vida del pueblo.


e) Combatir el financiamiento ilegal de los partidos políticos.


f) Establecer normas que eviten y sancionen la fuga de divisas.


g) Emitir disposiciones en defensa de la moneda nacional a fin de contrarrestar el ataque a la misma.


h) Fortalecer el sistema financiero nacional.





2. En el ámbito de la defensa de la economía:


a) Dictar y/o reformar leyes que consoliden los principios de justicia social, eficiencia, equidad productividad; solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral, una existencia digna y provechosa para el pueblo venezolano y lograr da este modo la mayor suma de felicidad y el buen vivir.


b) Dictar y/o reformar las normas que establezcan los lineamientos y estrategias para la planificación, articulación, organización y coordinación de los procedimientos, especialmente en materia de producción, importación, distribución y comercialización de los alimentos, materia prima y artículos de primera necesidad, que deben seguir los órganos y entes del Estado involucrados, garantizando la seguridad y soberanía alimentaria.


c) Dictar y/o reformar las normas y/o medidas destinadas a planificar, racionalizar y regular la economía, como medio para propulsar la transformación del sistema económico y defender la estabilidad económica para evitar la vulnerabilidad de la economía; así como, velar por la estabilidad monetaria y de precios, y el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de nuestro pueblo y fortalecer la soberanía económica del país, para de este modo, garantizar la seguridad jurídica, la solidez, el dinamismo, la sustentabilidad, la permanencia y la equidad del crecimiento económico, en aras de lograr una justa distribución de la riqueza para atender los requerimientos y las necesidades más sentidas del pueblo venezolano.


d) Fortalecer la lucha contra el acaparamiento y la especulación que afectan la economía nacional.


e) Regular lo concerniente a las solicitudes de divisas a objeto de evitar el uso contrario para el fin solicitado.


f) Garantizar el derecho del pueblo a tener bienes y servicios seguros, de calidad y a precios justos.





Artículo 2. Cuando se trate de un Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, al cual el Presidente de la República le confiera carácter Orgánico y no sea calificado como tal por la Constitución de la República, deberá remitirse antes de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de que ésta se pronuncie sobre la constitucionalidad de tal carácter, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.





Artículo 3. La habilitación al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delegan, tendrá un lapso de duración de doce meses para su ejercicio, contados a partir de la publicación de esta Ley en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.





Artículo 4. La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.





Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Año 203° de la Independencia y 154° de la Federación.








¡Bendice a mi Venezuela
Querida!







DIOSDADO CABELLO RÓNDON
Presidente de la Asamblea Nacional


DARIO VIVAS VELAZCO
Primer Vicepresidente


BLANCA EKHOUT
Segunda Vicepresidenta


VICTOR CLARCK BOSCÁN
Secretario


FIDEL ERNESTO VÁSQUEZ L.
Subsecretario





Promulgación de la Ley que Autoriza al Presidente de la República para Dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las Materias que se Delegan, de conformidad con lo previsto en el artículo 213 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.


Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Años 203° de la Independencia, 154° de la Federación y 14° de la Revolución Bolivariana.





Cúmplase
(L.S.)


NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República





http://milagrosfernandezasesoriadeinversion.blogspot.com/






 +++inversiones, dinero y prosperidad para todo el mundo






Venezuela esta protegida


por el Santísimo. Amén 





TSJ y Unicef











TSJ y Unicef firman plan de trabajo conjunto 2013-2014 para garantizar derecho de los niños, niñas y adolescentes

            Con el propósito de avanzar en la formación profesional de los operadores de justicia y fortalecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes de todo el territorio venezolano, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) establecieron un plan de trabajo para el período 2013-2014.


            Este acuerdo se suscribió el lunes por la magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, vicepresidenta de la Sala de Casación Social del TSJ y coordinadora nacional de la Jurisdicción de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y por la representante de la Unicef en Venezuela, Kiyomi Kawaguchi. El plan de trabajo será ejecutado por el Alto Juzgado bajo la conducción de la Magistrada y estará integrado por funcionarios de ambas instituciones.


            Asimismo, destacó que siguiendo las políticas de la presidenta del Máximo Tribunal del país, magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, sobre el tema de la infancia y la adolescencia, "este convenio está dirigido a fortalecer las capacidades de los jueces y los equipos multidisciplinarios, incluyendo espacios de intercambio con expertos internacionales. Se implementará un sistema de información estadística sobre niñez y adolescencia articulado al Sistema de Información y Documentación actual del Máximo Juzgado, con el fin de facilitar la orientación en la formulación de políticas de protección de los derechos de la niñez y la adolescencia", informó la magistrada Porras.


            Agregó que este plan de trabajo contribuirá en la revisión y recomendación para la aprobación de instrumentos internacionales de protección integral de los niños, niñas y adolescentes, así como también se promoverán los derechos de la niñez y de la adolescencia y se articularán las iniciativas con entidades públicas privadas y organizaciones sociales.   


            Por su parte, la Dra. Kiyomi Kawaguchi expresó sentirse satisfecha con la consolidación de este convenio, ya que el TSJ desarrollará un trabajo junto al Unicef con la finalidad de garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, a fin de poderles proveer un mejor futuro.


            Al respecto, la magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa indicó que los jueces y juezas de los circuitos de protección de niños, niñas y adolescentes a nivel nacional serán capacitados a través de la Escuela Nacional de la Magistratura (ENM) con el apoyo de Unicef a partir del próximo año.


            Dentro de las actividades que se desarrollarán en el marco de este plan de trabajo se contempla el seguimiento del desempeño del programa de formación y capacitación impartido por la ENM, asistencia técnica sobre situación del registro civil de nacimientos en el país, desarrollo de protocolos de actuación interinstitucional y asistencia técnica para la formulación conjunta de protocolas de actuación con todos los miembros del Sistema de Protección para la Prevención y Atención de Violencia Escolar.


            En la firma del convenio también estuvieron presentes: el Gerente de Finanzas, Raúl Avendaño; el asistente del despacho de la magistrada Porras de Roa, Juan de Sousa; el director de la Unidad de Apoyo de la Coordinación Nacional de Lopnna, Yuri Buaiz y la oficial de Desarrollo Adolescente de la Unicef, Delia Martínez.

Fecha de Publicación:
  19/11/2013http://www.tsj.gov.ve


Recomienda:
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10 buenos motivos para reír

REIR ES BUENO

lunes, 18 de noviembre de 2013

VENEZUELA: Virgen del Rosario de Chiquinquirá, gracias por to...

VENEZUELA: Virgen del Rosario de Chiquinquirá, gracias por to...:

Gaita zuliana en honor a la patrona de Maracaibo y del Edo. Zulia,

Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá;






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Divina Pastora